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[ Quiz #3 ] Una aeronave volando en VFR podría entrar en nubes si....


  

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  1. 1. Una aeronave volando en VFR podría entrar en nubes....

    • a. Sólo si está operando como VFR especial.
      2
    • b. Sólo si el piloto es moreno.
      1
    • c. Nunca.
      13
    • d. Sólo si el ATC le autoriza.
      0
    • e. Sólo si está volando un polimotor.
      0


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¡¡ ANÍMATE A PARTICIPAR EN EL QUIZ !!

 

[ Pregunta ]

 

Una aeronave volando en VFR podría entrar en nubes....

 

[ Respuestas ]

 

a. Sólo si está operando como VFR especial.

b. Sólo si el piloto es moreno.

c. Nunca. <- Respuesta correcta

d. Sólo si el ATC le autoriza.

e. Sólo si está volando un polimotor.

 

 

 

FINALIZA: Lunes 22 horas (aprox). FINALIZADO. Respuesta debajo. Consulta también las respuestas del hilo.

 

 

- Puedes votar en la encuesta en cualquier momento!!

- Puedes responder en este hilo para justificar tu elección!! Esto último lo hace mucho más interesante !!

 

 

 

 

Un saludo,

Marcos Dguez.

 

 


 

FINALIZADO.

 

[ Respuesta ]

 

 

Bueno, aquí están los resultados del concurso!! Hay 12 votos:

 

Una aeronave volando en VFR podría entrar en nubes....

a. Sólo si está operando como VFR especial. (2 votos [16.67%])

b. Sólo si el piloto es moreno. (0 votos [0.00%])

c. Nunca. (10 votos [83.33%]) <- Correcto

d. Sólo si el ATC le autoriza. (0 votos [0.00%])

e. Sólo si está volando un polimotor. (0 votos [0.00%])

 

 

La respuesta correcta es: c. Nunca.

 

 

 

Esta era fácil, ¿no? La correcta efectivamente es que nunca un VFR debe entrar en nubes. Como ya sabemos dependiendo del espacio en el que esté volando un VFR se debe mantener a una distancia de las nubes, tanto vertical como longitudinal además de que debe haber una visibilidad horizontal mínima(*). Esto se excluye cuando el VFR opera como VFR especial. En ese caso entrando, saliendo u operando dentro de un CTR, no tendría que mantener la distancia a las nubes que se establece en el espacio en el que está volando pero si debe mantenerse "libre de nubes". Es por esto por lo que un VFR especial podría estar entrando en una Zona de Control y no tener el campo a la vista, como ocurre en GCXO (Tenerife Norte) muchas veces porque una nube te lo tapa, ya que en este aeródromo suele estar cubierta la cabecera de la 12 y la 30 puede estar completamente despejada. En ese caso, irías bordeando las nubes sin entrar dentro de ellas. Si durante el trayecto te das cuenta de que es imposible pues te das la vuelta y sales del CTR, informas al ATC que te vas al alternativo y otro día más que pasa en tu vida.

 

 

Veo que está bastante claro por los foreros que jamás puedes entrar en nubes como VFR. La intención de la pregunta era que la gente se planteara qué es eso de "VFR Especial". No ha habido muchos comentarios al respecto, no sé si porque es ya de sobra conocido por los foreros, o todo lo contrario. Pero bueno, ahí queda dicho, se podría despegar por debajo de VMC si el ATC te lo autoriza: pero sin "pinchar" las nubes, y sin tener que mantenerse a las distancias establecidas. Además, el ATC proporcionará separación entre los VFR especiales e IFR.

 

 

Vuelo VFR especial.

Vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice

dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

 

(*) Las distancias establecidas que hay que mantener entre las nubes y tú según el espacio aéreo son, según el RCA:

 

reglasvfr.png

 

Además:

 

4.5.17.2. Cuando la visibilidad en tierra no sea inferior a 1.500 metros podrá autorizarse a los

vuelos VFR especiales a que entren en una zona de control para aterrizar o despegar y a que salgan

directamente desde una zona de control. Dentro del espacio aéreo de Clase E, pueden realizarse

vuelos VFR especiales vayan equipadas o no las aeronaves con un radiorreceptor que funcione.

 

 

4.5.17.3. Podrá autorizarse a los vuelos VFR especiales a que operen localmente dentro de

una zona de control, cuando la visibilidad en tierra no sea inferior a 1.500 metros, siempre que:

a) la aeronave esté equipada con un radiorreceptor que funcione y el piloto haya convenido

en mantenerse a la escucha en la frecuencia correspondiente; o

B) dentro del espacio aéreo Clase E, si la aeronave no está equipada con un radiorreceptor, se

hayan hecho los arreglos oportunos para la terminación del vuelo.

 

 

 

Voy a empezar a pensar que me gusta llevar la contraria a lo que diga la mayoría... :huh:

 

He votado por la opción A, ya que se puede considerar vuelo VFR especial todo aquel vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

 

Como ves, aunque seas VFR especial y te autoricen por debajo de VMC, tienes que mantenerte fuera de las nubes, aunque no tengas que mantener las distancias mínimas con ellas.

 

Mi voto es para nunca.

 

Siempre un vuelo VFR debe mantener una separación de 1000 ft verticales y 1500 mts horizontales con las nubes y debe mantener constantemente contacto visual con el terreno.

 

Como te indicaba NOA, en caso de VFR especial, no tienes que mantener esa distancia que indicas. Por lo tanto, en tu frase sobraría el "siempre". Luego está también lo de volar por encima de nubes.

 

 

 

 

 

Un saludo,

Marcos Dguez.

 


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Voy a empezar a pensar que me gusta llevar la contraria a lo que diga la mayoría... :huh:

 

He votado por la opción A, ya que se puede considerar vuelo VFR especial todo aquel vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

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Voy a empezar a pensar que me gusta llevar la contraria a lo que diga la mayoría... :huh:

 

He votado por la opción A, ya que se puede considerar vuelo VFR especial todo aquel vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

 

Pero en VFR especial tienes que estar en contacto con el terreno, cosa que no ocurre si estás en una nube metido.

 

 

Mi voto es para nunca.

 

 

Siempre un vuelo VFR debe mantener una separación de 1000 ft verticales y 1500 mts horizontales con las nubes y debe mantener constantemente contacto visual con el terreno.

 

No siempre. VFR en clase B es "libre de nubes". Lo de contacto con el terreno tampoco es siempre. Por ejemplo, en España se puede volar VFR "over the top". Es decir, puedes volar VFR por encima de una capa de nubes y no tener contacto con el terreno.

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Para navegar siempre utilizamos todos los recursos: mapas, estimación, GPS, radionavegación.

 

Como habrás observado, que sea legal no quiere decir que sea la mejor opción. En algunos países no está permitido volar VFR “over the top”.

 

Una cosa. Las aeronaves en VFR no despegarán o aterrizarán de un aeródromo cuando el techo sea inferior a 1500 ft o la visibilidad en vuelo sea inferior a 5 km.

 

Si el METAR nos dice 6000 SCT012. ¿Podemos despegar?

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FINALIZADO.

 

[ Respuesta ]

 

 

Bueno, aquí están los resultados del concurso!! Hay 12 votos:

 

Una aeronave volando en VFR podría entrar en nubes....

a. Sólo si está operando como VFR especial. (2 votos [16.67%])

b. Sólo si el piloto es moreno. (0 votos [0.00%])

c. Nunca. (10 votos [83.33%]) <- Correcto

d. Sólo si el ATC le autoriza. (0 votos [0.00%])

e. Sólo si está volando un polimotor. (0 votos [0.00%])

 

 

La respuesta correcta es: c. Nunca.

 

 

 

Esta era fácil, ¿no? La correcta efectivamente es que nunca un VFR debe entrar en nubes. Como ya sabemos dependiendo del espacio en el que esté volando un VFR se debe mantener a una distancia de las nubes, tanto vertical como longitudinal además de que debe haber una visibilidad horizontal mínima(*). Esto se excluye cuando el VFR opera como VFR especial. En ese caso entrando, saliendo u operando dentro de un CTR, no tendría que mantener la distancia a las nubes que se establece en el espacio en el que está volando pero si debe mantenerse "libre de nubes". Es por esto por lo que un VFR especial podría estar entrando en una Zona de Control y no tener el campo a la vista, como ocurre en GCXO (Tenerife Norte) muchas veces porque una nube te lo tapa, ya que en este aeródromo suele estar cubierta la cabecera de la 12 y la 30 puede estar completamente despejada. En ese caso, irías bordeando las nubes sin entrar dentro de ellas. Si durante el trayecto te das cuenta de que es imposible pues te das la vuelta y sales del CTR, informas al ATC que te vas al alternativo y otro día más que pasa en tu vida.

 

 

Veo que está bastante claro por los foreros que jamás puedes entrar en nubes como VFR. La intención de la pregunta era que la gente se planteara qué es eso de "VFR Especial". No ha habido muchos comentarios al respecto, no sé si porque es ya de sobra conocido por los foreros, o todo lo contrario. Pero bueno, ahí queda dicho, se podría despegar por debajo de VMC si el ATC te lo autoriza: pero sin "pinchar" las nubes, y sin tener que mantenerse a las distancias establecidas. Además, el ATC proporcionará separación entre los VFR especiales e IFR.

 

 

Vuelo VFR especial.

Vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice

dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

 

(*) Las distancias establecidas que hay que mantener entre las nubes y tú según el espacio aéreo son, según el RCA:

 

reglasvfr.png

 

Además:

 

4.5.17.2. Cuando la visibilidad en tierra no sea inferior a 1.500 metros podrá autorizarse a los

vuelos VFR especiales a que entren en una zona de control para aterrizar o despegar y a que salgan

directamente desde una zona de control. Dentro del espacio aéreo de Clase E, pueden realizarse

vuelos VFR especiales vayan equipadas o no las aeronaves con un radiorreceptor que funcione.

 

 

4.5.17.3. Podrá autorizarse a los vuelos VFR especiales a que operen localmente dentro de

una zona de control, cuando la visibilidad en tierra no sea inferior a 1.500 metros, siempre que:

a) la aeronave esté equipada con un radiorreceptor que funcione y el piloto haya convenido

en mantenerse a la escucha en la frecuencia correspondiente; o

B) dentro del espacio aéreo Clase E, si la aeronave no está equipada con un radiorreceptor, se

hayan hecho los arreglos oportunos para la terminación del vuelo.

 

 

 

Voy a empezar a pensar que me gusta llevar la contraria a lo que diga la mayoría... :huh:

 

He votado por la opción A, ya que se puede considerar vuelo VFR especial todo aquel vuelo VFR al que el control de tránsito aéreo ha concedido autorización para que se realice dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

 

nOkEm, como ves, aunque seas VFR especial y te autoricen por debajo de VMC, tienes que mantenerte fuera de las nubes, aunque no tengas que mantener las distancias mínimas con ellas.

 

Mi voto es para nunca.

 

Siempre un vuelo VFR debe mantener una separación de 1000 ft verticales y 1500 mts horizontales con las nubes y debe mantener constantemente contacto visual con el terreno.

 

Como te indicaba NOA, en caso de VFR especial, no tienes que mantener esa distancia que indicas. Por lo tanto, en tu frase sobraría el "siempre". Luego está también lo de volar por encima de nubes.

 

 

 

 

 

Un saludo,

Marcos Dguez.

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Para navegar siempre utilizamos todos los recursos: mapas, estimación, GPS, radionavegación.

 

Como habrás observado, que sea legal no quiere decir que sea la mejor opción. En algunos países no está permitido volar VFR “over the top”.

 

Una cosa. Las aeronaves en VFR no despegarán o aterrizarán de un aeródromo cuando el techo sea inferior a 1500 ft o la visibilidad en vuelo sea inferior a 5 km.

 

Si el METAR nos dice 6000 SCT012. ¿Podemos despegar?

 

 

Hola,

 

 

ahora respondo yo a esto no como encuestador, sino como participante,a ver si acierto, jajaja:

 

Yo diría que sí puedes despegar si te autorizan a un vuelo VFR Especial, como indicaba en mi mensaje anterior, y si no estoy equivocado.

 

Si nos atenemos a lo de VFR normal, pues tenemos que la visibilidad horizontal la cumplimos porque es de 6 Km (mayor del mínimo de 5 Km). Ahora bien, el techo de nubes está a 1200 ft, son de tipo BKN. Es decir 5/8 u 7/8 del cielo cubierto. Yo diría que no, pero ahí me haces surgir la pregunta (y supongo que lo has dicho por eso)... ¿Qué se considera "techo de nubes"? es decir... ¿con FEW012 (1/8-2/8) se podría? (me imagino que sí) ¿Y SCT012 (3/8-4/8)? (aquí ya no sé... es la mitad o menos del cielo cubierto)

 

A ver ahí!

 

Un saludo,

Marcos.

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Correcto Winglet. La idea de mi pregunta era ver lo que entendemos por techo de nubes.

 

Definición de la OACI. Techo de nubes: la altura sobre el terreno o el agua de la base más baja de una capa de nubes por debajo de 6000 metros (20000 ft) que cubre más de la mitad del cielo.

 

Por tanto, es necesario más de 4/8. Es decir, BKN o OVC. En el ejemplo 6000 SCT012 no tenemos techo. Con un SCT la mitad -o un poco más- del cielo no está cubierto y la otra mitad -o un poco menos- sí lo está. Supongamos ahora que estamos en un espacio aéreo clase D. Sería legal despegar, pero también debería cumplir con las reglas de vuelo visual y, por tanto, con la distancia de las nubes y la altitud mínima sobre el terreno de 500 ft. (salvo en despegue o aterrizaje). Si quieres mantener la distancia a la nube tendrías que permanecer a 200 ft sobre el terreno. Y si quieres mantener el mínimo de 500 ft sobre el terreno, entonces no podrías cumplir con la distancia mínima a la nube.

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